Uruguay: Cuando las palabras cruzan la línea

¿Apología del genocidio en la televisión abierta uruguaya?


NOTA: Andrés Silva, Diario la Humanidad

Montevideo – Uruguay


“En Gaza no hay inocentes”

La frase, dicha al aire por Orlando Pettinati, un conocido comunicador de Uruguay en plena transmisión de televisión abierta, pasó casi inadvertida para la opinión pública. Pero el peso de sus palabras no es menor, no se trata de una opinión incómoda o provocadora. Se trata de una posible violación a la ley, a la ética y a los principios más fundamentales del Derecho Internacional Humanitario.

No hay inocentes en Gaza dijo Pettinati, pero cuando los periodistas que conducen el programa le dicen que hay niños siendo bombardeados y muriendo, el comunicador Orlando Pettinati vuelve a remarcar que “No hay inocentes en Gaza”, dejando claro que los niños enGaza no son inocentes.

Lo más alarmante es que se hizo desde una pantalla de televisión abierta.

La ley es clara

Desde 2006, Uruguay cuenta con la Ley 18.026, una norma de avanzada que tipifica los crímenes de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y sus formas de apología o incitación. Esta ley no solo se limita a castigar los actos físicos de exterminio o tortura, también penaliza a quienes los promuevan, los celebren o los justifiquen públicamente.

El artículo 26 es contundente, toda persona que instigue, por medios públicos o de comunicación, la comisión de estos crímenes, puede ser penalmente responsable. Además, el artículo 149 bis del Código Penal uruguayo castiga la apología del delito, es decir, cuando alguien alaba, legitima o impulsa la comisión de un hecho criminal.

¿Decir que los niños no son inocentes es delito?

Sí, podría serlo. En el contexto de una agresión armada letal en curso, como la agresión sistemática del Estado de Israel contra Gaza, negar la inocencia de los niños palestinos equivale a despojarlos de su estatus de civiles protegidos, lo que puede interpretarse como una justificación de su asesinato.

En términos jurídicos internacionales, la deshumanización de una población infantil en conflicto armado puede constituir apología del genocidio o de crímenes de guerra, como el infanticidio o el exterminio.
La Corte Penal Internacional ya ha intervenido en casos similares, y la historia recuerda la condena a periodistas por su rol propagandístico en el genocidio de Ruanda.

¿Y si esto se dijo en televisión abierta?

El hecho adquiere una dimensión pública ineludible. Aunque el canal que emitió las declaraciones sea privado, el programa fue transmitido por televisión abierta, lo que le otorga un alcance masivo y lo posiciona como parte del espacio comunicacional de mayor influencia en la sociedad.
En este marco, la responsabilidad no es solo del comunicador. También el medio de comunicación debe responder por los contenidos que difunde, especialmente cuando estos podrían constituir apología de crímenes internacionales.
La Ley 18.026, el Código Penal y los compromisos internacionales firmados por Uruguay obligan a prevenir y sancionar estos discursos.
Permitir que se emita, sin corrección ni reparación, un mensaje que podría estar justificando la matanza de niños en una zona de conflicto, no solo desinforma, legitima el horror y banaliza el crimen.
En última instancia, si el sistema judicial y los organismos de derechos humanos no intervienen ante estos hechos ¿el Estado uruguayo podría ser responsabilizado por omisión ante instancias internacionales?

Libertad de expresión no es igual a impunidad

Algunos intentarán escudarse en la libertad de expresión. Pero este derecho no es absoluto. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido límites, el discurso que promueve el odio, el racismo, la xenofobia o el exterminio no está protegido por el principio de libre expresión, especialmente cuando vulnera derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vida.

La denuncia es un deber democrático

Ante la gravedad de lo dicho, es noble preguntarse si la sociedad uruguaya debe exigir una denuncia. No se trataría de una “censura”, ni una “persecución ideológica”, es el ejercicio pleno del Estado de Derecho, para evitar distorsiones, si las hubiera.

Uruguay tiene leyes, tiene memoria, tiene principios.
No se podría permitir que se relativicen crímenes atroces ni se justifique la muerte de niños inocentes.

La Justicia tendría la palabra.

Porque lo que está en juego no es la credibilidad del comunicador, sino la dignidad moral de todo un país.

¿Quién responde por lo que se dijo? ¿El comunicador? ¿El canal? ¿El Estado?
La justicia tendría la palabra y para la sociedad en su conjunto sería un hecho de gran importancia.

Este tema merece un debate serio y profundo, no es nuestra intención hacer valoraciones que después puedan ser utilizadas para JUSTIFICAR los hechos.  

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Los artículos del diario La Humanidad son expresamente responsabilidad del o los periodistas que los escriben.

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